Prevención ART es la encargada de los siniestros de Interacción ART, según Res. nº 39993 de la SSN de fecha 19/8/2016.
Será Prevención quien retirará los fondos para cumplir con las obligaciones de la liquidada. Es decir, no administra el Fondo, sino que retira sumas por cuenta yorden de la SSN y con cargo a la Liquidación de Interacción.
Resolución de SSN:
"Buenos Aires, 21 de agosto de 2016
REVOCATORIA PARA LA ART INTERACCIÓN S.A.
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) informa que con fecha 19 de agosto de 2016, mediante la resolución N° 39.993 dispuso revocar la autorización para operar a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) Interacción S.A. y su liquidación forzosa por no cumplir con las condiciones mínimas de viabilidad, atento que carece de respaldo de capital exigido por las normativas vigentes.
A partir de una verificación in situ de la SSN en la ART Interacción S.A., se detecta sobre los estados contables al 31/12/15 la inexistencia de saldos bancarios declarados por 203,5 millones de pesos y el ocultamiento en la valuación de aproximadamente 5000 juicios, lo cual motivó la presentación de una denuncia penal de la SSN que se tramita en el Juzgado Criminal y Correccional Federal n°11.
El resultado de dicha inspección determinó que el patrimonio neto negativo de la entidad es de 760 millones de pesos y que el déficit de capital mínimo es de 1400 millones de pesos.
Ante el estado de insuficiencia económico-financiera de la compañía, la SSN dictó medidas cautelares de Inhibición General de Bienes el día 20/5/16 y emplazó a la ART Interacción S.A. para presentar un plan de regularización de su situación patrimonial.
Con fecha 29/6/16 la compañía presenta un plan de regularización patrimonial que fue analizado por la SSN y rechazado el 18/7/16 por carecer de respaldo y fundamentación, además de disponer la suspensión para emitir contratos y la inhibición de las cuentas corrientes de la ART Interacción S.A.
El 27/7/16 la ART Interacción S.A. presenta fotocopias del Acta de Asamblea Extraordinaria realizada el 25/7/16 -donde sus socios de manera unánime determinan la disolución anticipada de la empresa- , solicitando a la SSN que disponga la revocación y la liquidación forzosa conforme a los términos legales.
En consecuencia, a tenor de las disposiciones consagradas por los artículos 48,49 y 51 de la Ley n°20.091, para preservar y salvaguardar los intereses de los asegurados, el 19/8/16 se dictó la revocación de la autorización para operar en seguros y la liquidación de la entidad, dando intervención al juez ordinario competente.
A su vez, de acuerdo con los procedimientos normativos, la SSN dio intervención a la Superintendencia de Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (SRT). La SSN informa que las
prestaciones en curso serán atendidas por Prevención ART, con cargo al Fondo de Reserva de la Ley de Riesgos del Trabajo.”