II- Comisión: “Nuevas Tecnologías y Derecho”
Presidencia: Miguel Jara
Relatoría: Ricardo Muñoz
1. “Las herramientas tecnológicas deben ser consideradas como una oportunidad para el mejoramiento y el enriquecimiento del ejercicio profesional de la abogacía.
2. La abogacía también debe considerar las habilidades que brindan los sistemas de IA a las organizaciones públicas y privadas, mecanismos para que los abogados y abogadas dejen atrás esas tareas repetitivas y reiterativas, y optimicen su rendimiento profesional.
3. que actualmente es imperiosa la necesidad de regulación en materia de IA, lo cual ha sido establecido de manera unánime por los ponentes y disertantes, contemplando los distintos niveles de riesgos, tales la normativa europea de reciente vigencia como el reglamento de la UE.
4. que vendrán sistemas de IA generativa, con evidentes riesgos en términos de privacidad, propiedad intelectual, interpretabilidad, entre otros; y es allí donde, deben hacerse los esfuerzos para la regulación (experimental y no invasiva) y especialmente el control humano mediante técnicas de sistemas supervisados.
5. Resulta de gran relevancia, el trabajo por parte de las abogacías en un documento que materialice buenas prácticas de uso de la IA por parte de la abogacía nacional a la luz de las nuevas realidades de esta tecnología.
6. que es imperioso la actualización de la legislación nacional en materia de protección de datos personales, incorporando instituciones tales como el oficial de datos, estudios de impacto sobre tratamiento de datos, en función de los antecedentes del Derecho Comparado, tales como el reglamento europeo, las cartas de los derechos digitales, etc.”