Informe sobre la litigiosidad - La Defensa

Vaya al Contenido

Menu Principal:

Informe sobre litigiosidad.
Quienes ganan y quienes pierden con la adhesión a la ley de riesgos del trabajo en la Provincia de Buenos Aires
 
 
Dr. Gastón Valente - Abogado Laboralista
 
Reseña
 
La sanción a nivel nacional de la Ley Complementaria de Riesgos del Trabajo (27.348) y el proyecto de adhesión por parte de la Provincia de Buenos Aires (con media sanción en diputados), no traerán solución a la grave problemática de la siniestralidad laboral de los trabajadores en la Argentina.
 
La reforma es un viejo anhelo del sector empresarial y financiero que intermedia el sistema, en donde su finalidad de lucro se encuentra directamente determinada por la oportunidad, extensión y calidad de las prestaciones médicas y dinerarias que reciben los trabajadores.
 
Ya no se discute el sistema en sí mismo y su eficiencia en relación a los trabajadores damnificados. El centro del debate se encuentra signado por la “alta litigiosidad”, que “perjudica a las pymes”, que a su vez ha creado un verdadero “colapso en la justicia laboral” que pone en riesgo el  propio servicio de justicia, que “no da respuestas inmediatas” al trabajador accidentado, y que de seguir ésa tendencia, pone en serio riesgo “la subsistencia del sistema”.
 
Para evitar la litigiosidad, como único objetivo buscado por la norma, a diferencia de lo que ocurrió en 1995, cuando se prohibió directamente el acceso a la justicia de los trabajadores; ahora se instrumenta una instancia administrativa previa, obligatoria y excluyente, que funcionará como un verdadero “cepo” a la jurisdicción. Lejos de evitar los juicios los multiplicará, por sus graves críticas constitucionales.
 
Ahora bien, ¿Existe una litigiosidad elevada? ¿Con qué indicadores se la evalúa? ¿Cuál es la siniestralidad real del sistema? ¿Cuáles son las verdaderas causas de la litigiosidad? ¿Quiénes son los que ganan con la adhesión de la nueva ley de riesgos del trabajo y quiénes los que pierden?
 
 
Los siniestros bajan y los juicios aumentan (según la UART y la SRT)
 
La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, expresan que los juicios por accidentes laborales o enfermedades profesionales crecieron un 96,1% entre 2010 y 2015. Paradójicamente, mientras aumentaba la litigiosidad en el mismo lustro se redujo la cantidad de siniestros. Así lo indica un informe elaborado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) que tomó como universo de análisis los litigios contra las aseguradoras de riesgos del trabajo, derivados de siniestros padecidos por trabajadores cubiertos por el sistema.
 
 
QUE DICE LA SRT SOBRE LA LITIGIOSIDAD

 
 
Cuadro 1 (SRT 01/2017)
 
 
QUE DICE LA UART SOBRE LA SINIESTRALIDAD

 
Cuadro 2 (UART 2016)
 
 
Puntos omitidos en el análisis
 
En ése análisis hay datos de la realidad y estadísticos (equivocada o deliberadamente) omitidos, que desmienten totalmente dicha aseveración.
 
1)      En primer lugar, el universo de trabajadores contemplados que padece siniestros es mayor al analizado por la UART y la SRT;
 
2)      En segundo lugar, hay un sub registro de siniestros en las estadísticas oficiales;
 
3)      En tercer lugar, no se evalúan datos sobre rechazos de denuncias, altas tempranas, y otras causas que han generado un mayor aumento de los expedientes administrativos en relación a los judiciales;
 
4)      En cuarto lugar, no  puede aplicarse el mismo diagnóstico en la Pcia. de Bs. As. que al resto del país, por la baja litigiosidad de ésta jurisdicción comparada con otros distritos;
 
5)      En quinto lugar, el litigio por siniestralidad laboral, además de ser menor que los datos informados, sólo afecta a los empleadores en un 7,71 % del total de juicios; y las empresas de 1 a 10 trabajadores que reciben demandas son sólo el 2 % del total de empleadores del sistema;
 
6)      En sexto lugar, se omite informar que sólo 6 ARTs son las destinatarias del 78 % de las demandas y las principales interesadas en limitar las demandas de los trabajadores;
 
7)      Resulta necesario instar a distintos organismos con base estadística (SRT y SCBA), para que brinden información certera sobre las verdaderas causas que originan los litigios por siniestros laborales, para poder tomar decisiones correctas en la mejorara de la prevención, cobertura y así disminuir las demandas con resultados positivos para los trabajadores y las pymes;
 
1)  Trabajadores cubiertos. Trabajadores sin cobertura.
 
Para contar con una base de datos fehacientes, sobre si la siniestralidad aumenta o disminuye, o si los juicios iniciados son muchos o pocos, debemos no sólo contemplar, el universo de trabajadores cubiertos por el sistema, sino también los no cubiertos o informales. Según los últimos datos del Indec (2016) la informalidad laboral en Argentina es del 33,8 %, con lo cual el total de trabajadores cubiertos (9.754.233) y sin cobertura (4.947.530) alcanzaría a ser de 14.701.763. La siniestralidad es mayor a la contemplada.
 
TOTAL DE TRABAJADORES 14.701.763

 
 
Cuadro 3 (Fuente SRT 2015 INDEC 2016)
 
 
 
 
2)  La punta del iceberg. Siniestralidad reconocida. Siniestralidad no reconocida.
 
El sistema reconoce eventos ocurridos exclusivamente a los trabajadores cubiertos, dividiéndose los casos notificados según tipo en: accidentes de trabajo (62,8 %), accidentes in itinere (24,9 %), reagravaciones (9,1%) y enfermedades profesionales (3,1%).

 
               
 
Cuadro 4 (Fuente SRT 2015)
 
 
También se debe tener en cuenta que el sistema no contempla los siniestros ocurridos: a) los trabajadores sin cobertura y b) el sub registro o no reconocimiento de algunas patologías por el sistema. Ello surge de contemplar, que a diferencia de lo que ocurre en el mundo en donde de cada 100 siniestros 33 corresponden a enfermedades profesionales (OIT). En Argentina sólo se reconoce por enfermedades profesionales de cada 100 siniestros el 3,1 (SRT 2015).
 
No podemos determinar cuántos son los siniestros no contemplados por el sistema, pero aplicando el índice de trabajadores fuera del sistema (informales 33,8%) los siniestros deberían aumentar por lo menos en dicha proporción.
 
A su vez, se debería también contemplar, un aumento de las enfermedades laborales no reconocidas, aplicando el índice mayor que se reconoce a nivel internacional (OIT), y los siniestros deberían aumentar por lo menos en dicha proporción. Es decir un 29,9 % (esto es 33% reconoce OIT – 3,1% reconoce Argentina = diferencia no reconocida 29,9%).
 
Con lo cual podríamos determinar que el universo de siniestralidad reconocido en las estadísticas oficiales, debería aumentar, por lo menos en un 63,7 %, lo que elevaría el índice de siniestralidad de 713.254 a 1.167.596,79.
 
SINIESTRALIDAD TOTAL 1.167.596,79

 
 
Cuadro 5 (Fuente SRT y base propia)
 
 
3)  En tercer lugar, no se evalúan datos sobre rechazos de denuncias, altas tempranas, y otras causas que han generado un mayor aumento de los expedientes administrativos en relación a los judiciales;
 
Los rechazos de las denuncias, las altas tempranas y la no homologación de las incapacidades por parte de las ARTs, han generado un sensible aumento de los expedientes administrativos ante las Comisiones Médicas.
 
El aumento de los expedientes administrativos nos demuestras que hay prestaciones médicas y dinerarias no otorgadas por las ARTs
 
Veamos los datos de denuncias, expedientes administrativos y juicios de los últimos años.
 
SINIESTROS DENUNCIADOS, EXPEDIENTES ADM. Y JUICIOS 2010 - 2015

 
 
Cuadro 5: (Fuente SRT 2015)
 
Este gráfico demuestra que es mentira, que los siniestros hayan disminuido como dice la SRT y la UART, del 2010 al 2015 hubo un aumento  pasando a ser de 663.306 a 713.254, es decir un 7,53 % mayor. Esto sin contemplar las denuncias no reconocidas y los trabajadores excluidos del sistema.
 
Pero el dato más sensible a tener en cuenta y poco divulgado por la SRT y la UART, es que los expedientes administrativos por inicios de trámites ante Comisiones Médicas, ante los rechazos de las ARTs, pasaron de ser 83.695 en el año 2010 para ser 184.826 en el año 2015, es decir, aumentó un 120,83 %.
 
El aumento sensible de los rechazos de las ARTs, y los mayores inicios de expedientes administrativos, se producen entre los años 2012 al 2015, y a nuestro modo de ver, están provocados en gran medida por la resistencia de las aseguradora a abonar las mayores prestaciones y las nuevas enfermedades reconocidas, hay que tener en cuenta que entró en vigencia la ley 26.773 en el 2012 estableciendo la opción, lo que determinó que la mayoría de los trabajadores reclamaran exclusivamente a las ARTs y no a su empleadora o a ambos como lo venía haciendo hasta entonces; y a su vez entra en vigencia el Decreto 49/2014 que incorporó  enfermedades laborales al listado, que eran objeto del 28,93 % de los juicios por enfermedades que se iniciaban (SRT 2016), son las enfermedades de columna, hernias y várices, muy resistidas a su reconocimiento por parte de las ARTs.
 
La relación es directa, a mayores prestaciones y más enfermedades denunciadas, sobrevinieron, mayores rechazos y expedientes administrativos, lo que finalmente produjo un nuevo aumento de la litigiosidad al 96,1 %.
 
Mientras que los litigios sólo aumentaron en ése período a un ritmo menor del 96,1 %, los expedientes administrativos lo hicieron en un 120,83 %.
 
EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS Y JUICIOS 2010 - 2015

 
 
Cuadro 6: (Fuente SRT 2015)
 
 
4)  En cuarto lugar, no puede aplicarse el mismo diagnóstico en la Pcia. de Bs. As. que al resto del país, por la baja litigiosidad de ésta jurisdicción comparada con otros distritos;
 
El índice de litigiosidad, la SRT lo mide teniendo en cuenta el total de juicios iniciados y el total de los siniestros denunciados, sin perjuicio de las falencia de ésta medición por lo explicado anteriormente, por no representar a todo el universo de siniestralidad, y a su vez, basarse en datos de judicialidad suministrados por las ARTs y no recurrir a los organismos oficiales judiciales (SCBA y PJN), sin perjuicio de ello, la Provincia de Buenos Aires, cuenta con índice muy bajo de litigiosidad.
 
Buenos Aires con 3.134.761 de trabajadores cubiertos, que es el 32,13 % del total país. (SRT)
 
Buenos Aires ha tenido el 37,10 % de los siniestros denunciados del total país (SRT).
 
En Buenos Aires se han iniciado 16.679 expedientes judiciales en el año 2015 (SRT) de un total país 104.186 en 2015 (SRT), es decir sólo el 16 % de litigios.
 
 
INCIDENCIA DE PCIA. DE BUENOS AIRES EN EL TOTAL PAÍS

 
 
Cuadro 6  (fuente SRT 2015)
 
 
5) En quinto lugar, el litigio por siniestralidad laboral, además de ser menor que los datos informados, sólo afecta a los empleadores en un 7,71 % del total de juicios; y las empresas de 1 a 10 trabajadores que reciben demandas son sólo el 2 % del total de empleadores del sistema;
 
Se ha venido divulgando públicamente, que la adhesión de la provincia de Buenos Aires a la Ley de Riesgos del Trabajo, va a terminar con la industria del juicio y va a evitar el cierre de pymes que deben soportar éstos juicios.
 
Eso esto es inexacto, porque conforme se explicitó anteriormente, con el dictado de la ley 26.773 se redireccionaron las demandas, ello surge de los datos oficiales de la SRT.
 
Durante el año 2010 se iniciaron 41.273 demandas contra ART (77,68 %) y 11.857 contra empleadores (22,31%).
 
Durante el año 2015 se iniciaron 95.750,50 demandas contra ART (91,90 %) y 8.042,50 contra empleadores (7,71 %).
 
Lo que demuestra que es falso que el juicio por accidente de trabajo venga afectando a los empleadores.

 
 
Cuadro 7  (fuente SRT 2015)
 
A su vez hay que tener en cuenta que aumenta la cantidad de juicios por empleador, a medida que aumenta la nómica de trabajadores contratados.
 
Es decir: a) sólo el 2 % de los empleadores que tienen entre 1 y 10 empleados tienen juicios; b) el 55 % de empleadores que tienen entre 101 y 500 empleados tienen juicios; y c) el 91 % de empleadores que tienen entre 1.501 a 2.500 empleados tienen juicios.
 
Es decir sólo el 2 % de las pymes tiene juicios, el resto está concentrado en los empleadores denominados grandes
 
EMPLEADORES CON JUICIOS DEL TOTAL DE EMPLEADORES ASEGURADO

 
 
Cuadro 8  (fuente SRT 2015)
 
 
6)  En sexto lugar, se omite informar que las principales destinatarias de los juicios son sólo 6 ARTs, que concentran el 78 % de las demandas siendo las principales interesadas en limitar la demanda judicial de los trabajadores;
 
Por otra parte, hay que tener en cuenta, que al haber descendido la litigiosidad contra los empleadores en los últimos años en Argentina, y a su vez, los pequeños empleadores que tienen litigios representan sólo el 2 % del total asegurado; ¿quiénes son los destinatarios de la mayor parte de las demandas por siniestros laborales?, y ¿quiénes están principalmente interesados en la sanción de la adhesión de la provincia de Buenos Aires a ésta última reforma que limita la demanda judicial del trabajador?
 
Siempre siguiendo con los datos oficiales de la SRT, tenemos que sólo 6 ARTs fueron las destinatarias del 78 % de las demandas por siniestros laborales en 2016 (Galeno ART 16,70 %, Provincia ART 16,40 %, Prevención ART 13,99 %, Experta ART 11,84 %, Swiss Medical ART 9,92 % y Asociart ART 9,78 %). Las restantes 16 ARTs se repartieron el resto.
 
A su vez las 6 ARTs más grandes, son propiedad del capital financiero (banca, seguro y prepagas en su mayoría) y serán las verdaderas ganadoras de la pretendida adhesión de la Ley de Riesgos del trabajo.
 
6 ARTS RECIBEN EL 78 % DE LAS DEMANDAS

 
 
Cuadro 9 (fuente SRT 2017)
 
 
7)  Resulta necesario instar a distintos organismos con base estadística (SRT y SCBA), para que brinden información certera sobre las verdaderas causas que originan los litigios por siniestros laborales, para poder tomar decisiones correctas en la mejora de la prevención, cobertura y así disminuir las demandas con resultados positivos para los trabajadores y las pymes;
 
Hay otra cuestión que preocupa, y es que la SRT no brinda todos los datos de los registros que tiene a su disposición.
 
Cuenta con un Registro de Actuaciones Judiciales (RAJ), Registro Nacional de Accidentes Laborales, y un Registro de Enfermedades Profesionales. También cuenta con la base de datos de todos los expedientes administrativos iniciados, con la determinación de las causas que le dieron origen, la identificación de las causas que originaron un aumento de los expedientes administrativos por encima del aumento de la siniestralidad del sistema, nos podría dar un indicio de cuáles fueron los motivos para trabajar sobre ellos y así reducir las causas judiciales, no cercenando una acción como se pretende con la nueva ley.
 
A su vez, se debería priorizar, para el análisis de la litigiosidad, las bases de datos de los poderes judiciales (PJN y SCBA) que son una herramienta más objetiva y seria, que la información que brindan exclusivamente las ARTs ante los registros de la SRT. Siendo ambos organismos del Estado, se debería pedir información fidedigna al Poder Judicial y no depender exclusivamente de la información volcada por una de las operadoras del sistema (ARTs), cuyos intereses son contrarios al trabajador, quien debe ser el principal sujeto protegido.
 

 
Conclusiones
 
Como se podrá advertir, los datos suministrados por la SRT y la UART, sobre una disminución de la siniestralidad y un excesivo aumento de la litigiosidad, son falsos.
 
Ello es así porque no se tiene en cuenta el universo íntegro de trabajadores siniestrados (cubiertos y no cubiertos), ni el total de las patologías que origina el trabajo (reconocidas y no reconocidas), tampoco se analizan las causas que originaron un aumento desmedido de expedientes administrativo ante las Comisiones Médicas por rechazos y limitación de la cobertura por las ARTs a partir de las reformas que ampliaron las prestaciones, tampoco se informa correctamente la redireccionalidad de las acciones judiciales y el descenso de los litigio a empleadores, siendo casi nulo para el caso de las pymes. Y que la referida adhesión implicará un nuevo riesgos para éstos ante posibles inconstitucionalidad futuras de la norma, que los dejará sin la cobertura del seguro.
 
Se ocultan los verdaderos intereses de los grupos financieros, que actualmente son los principales destinatarios de las demandas, y son quienes están detrás de la pretendida adhesión que se le exige a la Provincia de Buenos Aires a la Ley Complementaria de Riesgos del Trabajo. Provincia que tiene actualmente una baja litigiosidad en relación a la elevada siniestralidad que presenta, y la referida adhesión, significará una violación flagrante de derechos del trabajador que no puede ser aceptada, ni las estadísticas analizadas lo avalan.
 
 

 
BASE DE DATOS:
 
-          La judicialización en el sistema de riesgos del trabajo 2010 – 2015 (www. srt.gov.ar)
 
-          Informe trimestral de litigiosidad del sistema de riesgos del trabajo, 3º trimestre de 2016 (www. srt.gov.ar)
 
-          Boletín estadístico anual sobre accidentabilidad laboral año 2015 Pcia. Buenos Aires (www. srt.gov.ar)
 
-          Boletín estadístico mensual sobre cobertura y financiación febrero 2017 Pcia. Buenos Aires (www. srt.gov.ar)
 
-          Estadísticas de la SCBA (www.scba.gov.ar)
 
-          Estadísticas de empleo, formalidad e informalidad (INDEC 2016)
 
-          “La necesidad y urgencia solo son para las compañías de seguro y los bancos. Mercados ilegales y economía criminal.” Jorge Kohen (“Una reforma que no resuelve los problemas de los riesgos del trabajo en Argentina. Debate interdisciplinario en la UMET 2017, pág. 35)
 
-          “Litigiosidad” y “El sistema de Riesgos hoy” (www.uart.org.ar)


 
 
Regreso al contenido | Regreso al menu principal